Noticias 09/09/2024
Últimamente en los establecimientos gastronómicos el tema de la propina se ha pasado de castaño oscuro; algunos ya lo incluyen en la factura como servicio y no se sabe a quién va a parar: al mozo o al empresario. Otros obligan de manera “trilera” y engañosa lo de la propina, que el mesero ni la huele.
En Argentina, el actual gobierno ha tenido una brillante idea que ya ha puesto en marcha: habilitar el pago de propinas a través de medios electrónicos. La medida impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado pretende beneficiar a los empleadores, empleados y clientes.
Esta iniciativa gubernamental busca facilitar el pago para los clientes con el uso de medios electrónicos, para que puedan abonar propinas en los comercios vinculados a los sectores gastronómicos, hoteleros, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades en las que se considere costumbre dar gratificaciones a los empleados por la atención brindada.
Asimismo, indicaron que el predominio del uso de dinero en formato digital impulsó la necesidad de “modernizar y simplificar los pagos”.
De esta manera, quedó habilitada la posibilidad de abonar montos extras sin tener que recurrir al uso de billetes. No obstante, la aplicación del método quedará en manos de los establecimientos.
Esta medida llega luego de que Federico Sturzenegger asumiera el mando del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. El funcionario había adelantado por medio de una publicación en su perfil de X que se encontraba enfocado en el diseño de un proyecto que permitiera impulsar el pago de las propinas por medios electrónicos. “Una práctica común en el mundo, pero que los argentinos no podían elegir”, señaló tras aclarar que la propina continuará siendo voluntaria para los clientes.
De esta manera, las autoridades remarcaron que la iniciativa estaba “destinada a satisfacer la imperiosa necesidad de modernizar y simplificar los pagos”, luego de que evaluaran que “en los últimos años se ha expandido notablemente el uso de dinero digital en la República Argentina, representando el dinero en efectivo, durante los últimos meses, solamente entre una cuarta (1/4) y una quinta (1/5) parte de la suma del total del dinero”.
Es importante saber que se descarta con esta solución descontar montos del pago mensual que le corresponde a cada empleador, debido a que estos deberían “tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos”. La diferenciación entre el salario y la gratificación quedó establecida en el artículo 113 de la Ley N° 20.744, que rige los contratos de trabajo.
En este sentido, especificaron que deberán proporcionar una cuenta para el uso exclusivo de los empleados, en donde puedan acreditarse las propinas. Acerca del funcionamiento de la cuenta recaudadora, las autoridades remarcaron que esta deberá cumplir con el requisito de interoperabilidad. La modalidad de transferencia tendrá dos opciones a elegir, ya que el monto podría ser destinado a cada empleado que hubiera recibido la propina o, por el contrario, funcionar como una especie de caja común que sea posteriormente dividida entre el personal.
Por otro lado, se confirmó que el dinero que fuera transferido bajo el concepto de “propina” no estará sujeto a retenciones o percepciones por parte del Estado. De la misma manera, las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, las entidades financieras y el resto de instituciones que formen parte del sistema de pagos tampoco podrán realizar cobros por estas.
En línea con lo expuesto, en el artículo 6° del decreto, el Gobierno apuntó que las compañías que brindan el servicio para incluir las propinas “deberán facilitar a sus clientes la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto y/o un porcentaje destinado a la gratificación por el servicio, no pudiendo cobrar un arancel adicional por proveer esta facilidad”.
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